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DIVORCIOS De acuerdo con la legislación ecuatoriana el matrimonio termina por: a) muerte de uno de los cónyuges; b) sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del matrimonio; c) sentencia ejecutoriada que concede la posesión definitiva de los bienes del desaparecido; o, d) divorcio. Para que tenga validez en el Ecuador un divorcio realizado en el Extranjero, debe seguirse un juicio de reconocimiento de la sentencia extranjera; o, en su defecto, iniciar un juicio de divorcio ante un juez civil del Ecuador. Para iniciar el juicio de divorcio en el Ecuador se requiere: Si el divorcio es por mutuo consentimiento, tanto para la tenencia de los hijos, como en la división de bienes, el o los cónyuges deben otorgar en el Consulado un Poder Especial de divorcio a un abogado o familiar, por separado. (Costo: $80.00 dólares). Si el divorcio implica cualquier disputa, cada uno de los cónyuges deberá conceder en el Consulado, un Poder Especial de divorcio a un abogado o familiar, por separado. (Costo US$80.00 dólares ). En el caso de que los cónyuges se hayan divorciado previamente en el extranjero, es conveniente que se adjunte al Poder de Divorcio, el original del acta de divorcio realizado en el extranjero, legalizado en el Consulado ( Costo $10.00 dólares) , asi como la traducción al castellano, legalizada en el Consulado. (Costo es $10.00 dólares). | Pasaportes
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