DEFUNCIÓN

Para inscribir la defunción de un ecuatoriano, ocurrida en territorio extranjero, se requiere:
La partida original de defunción. Costo de la legalización $10.00 dólares
La partida original de defunción, traducida al castellano y notariada, cuando los documentos estén en otro idioma. Costo de la legalización $10.00 dólares
Documento de identidad del fallecido
Documento de identidad de la persona que solicita la inscripción.
El costo de la inscripción es de $20 dólares, si la inscripción se realiza después de 48 horas del fallecimiento.

El Consulado remite el Acta a la Dirección General del Registro Civil del Ecuador para su registro.

ENVÍO DE CADÁVER AL ECUADOR
Para enviar un féretro al Ecuador se debe inscribir la defunción definitiva en el Consulado. El acta de inscripción es enviada al Registro Civil para su registro.

Requisitos:
Partida de nacimiento o, cédula de ciudadanía o, pasaporte del fallecido;
Si el ecuatoriano fallece en los Estados Unidos: el certificado de defunción, denominado "Death Certificate", otorgado por la Oficina de Estadísticas vitales del lugar donde ocurrió el fallecimiento. Costo de la legalización $10.00 dólares.
El certificado de defunción, traducido al castellano y notariado. Costo de la legalización $10.00 dólares .
El certificado de embalsamamiento, denominado "Embalmers Certificate", otorgado por la funeraria, traducido al castellano, notariado y legalizado por el Consulado. El certificado de incineración "Cremation Certificate", otorgado por el Departamento de Incineración de la ciudad o por la Compañía privada de incineración, según el procedimiento convenido con la Funeraria. Cualquiera de estos dos documentos deben ser traducidos al castellano, notariados y legalizados por el Consulado.
El Certificado de Sanidad ("Non Communicable Disease Letter"), otorgado por el Departamento de Sanidad de la ciudad respectiva, traducido al castellano y notariado.

El Permiso para trasladar el cuerpo o las cenizas a otro país (Burial Transit Permit) emitido por la ciudad respectiva.